Tribunal revoca sentencia por feminicidio de Ayelín Iczaé en Tixtla; colectivos acusan retroceso en justicia con perspectiva de género
Chilpancingo, Guerrero, 16 de febrero de 2026.— A cinco años del feminicidio de la niña Ayelín Iczaé Gutiérrez Marcelo, ocurrido en el municipio de Tixtla, una resolución judicial revirtió la condena de 40 años de prisión que había sido dictada en 2025 contra cuatro hombres señalados como responsables.
La magistrada Indalecia Pacheco León resolvió absolver a los acusados, dejando sin efecto la sentencia emitida por la jueza Mariela Soraya Alfaro Zapata, luego de un proceso penal impulsado por la Fiscalía General del Estado de Guerrero.
Debate público
El caso, que en 2020 generó movilizaciones masivas en Guerrero tras la desaparición y posterior hallazgo sin vida de la menor de 13 años, vuelve así al centro del debate público y jurídico. La Fiscalía estatal había presentado la sentencia condenatoria como un precedente en el combate al feminicidio; sin embargo, la resolución absolutoria plantea cuestionamientos sobre la integración del expediente y la valoración de pruebas en segunda instancia.
Desde la colectiva Glorieta de las Mujeres que Luchan se calificó la decisión como un ejemplo de la fragilidad de la justicia con perspectiva de género. En un posicionamiento público, señalaron que el fallo envía un mensaje de incertidumbre a víctimas y familiares que enfrentan procesos prolongados y desgastantes.
Flora Marcelo, madre de Ayelín, expresó que la revocación de la sentencia representa no solo un golpe jurídico, sino un impacto emocional profundo para la familia. Afirmó que el proceso ha estado marcado por obstáculos institucionales y que la absolución refuerza la percepción de abandono por parte del Estado.
Guerrero
De acuerdo con datos oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Guerrero ha mantenido en los últimos años cifras relevantes en delitos contra mujeres, lo que ha obligado a reforzar políticas públicas y protocolos judiciales con enfoque de género. En este contexto, especialistas consultados señalan que las resoluciones en segunda instancia deben fundamentarse estrictamente en estándares probatorios, pero también observar los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de derechos de las víctimas.
Hasta el momento, el Tribunal Superior de Justicia de Guerrero no ha difundido públicamente el contenido íntegro de la resolución que sustenta la absolución, lo que mantiene abiertas interrogantes sobre los argumentos técnicos que llevaron a la revocación.
Mientras el expediente entra en una nueva etapa jurídica, el nombre de Ayelín Iczaé vuelve a resonar en espacios públicos y digitales. Para colectivos y familiares, el caso trasciende lo individual y se inscribe en una discusión más amplia sobre acceso a la justicia, reparación del daño y confianza en las instituciones encargadas de sancionar la violencia feminicida en México.












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